sexta-feira, março 27, 2015

Pesaj: MEZCLA DE JAMETS

MEZCLA DE JAMETS

Matzajametz

Como hemos visto anteriormente, el alimento que pierde su condición de tal de manera que no es apto aun para que lo consuma un perro, por ej. Un trozo de pan incinerado, puede conservarse en Pesaj e incluso se puede tener hanaa –satisfacción- del mismo, no consumirlo.

Ahora bien, la mezcla de Jamets, o sea el alimento que no es Jamets en sí pero contiene en su composición Jamets, por ej. Un queso que posee adición de harina, es considerado Jamets y si se lo conserva en Pesaj se trasgrede la prohibición de “no veras Jamets ni veras leudante siete días”.

Sin embargo, existe una diferencia entre el Jamets propiamente dicho y la mezcla de Jamets. En tanto el Jamets está prohibido conservarlo en Pesaj y solo se lo podría conservar si se descompone hasta el punto en que no puede consumirlo ni un perro, la mezcla de Jamets si se descompone solo hasta que un ser humano no puede consumirlo es suficiente para poderlo conservar en Pesaj, aun cuando todavía es apto para que lo consuma un perro.

Esto esta explícito en el dictamen de Maran (Sh. Aruj cap. 442 inc. 4) donde escribe que: La mezcla de Jamets que no es apta para un ser humano, se la puede conservar pero no se la puede ingerir sino hasta después de Pesaj. Como vemos, se puede hacer incluso usufructo de esta mezcla. Así también lo dictamina RaMbaM (Leyes sobre Jamets cap. 4 inc. 5), y otras grandes autoridades halajicas de los primeros tiempos.

Como vimos, la prohibición del Jamets en Pesaj no solo abarca el consumo sino el usufructo del mismo en Pesaj. Por lo tanto, está prohibido alimentar a las mascotas de la casa con alimentos que  contienen Jamets ya que se estaría haciendo usufructo del mismo. Especialmente el alimento de aves, perros y gatos se debe controlar ya que aun cuando son mezclas no se inutilizan totalmente para el consumo humano.

Difiere en este caso el alimento de los peces ya que estas mezclas, que en general no son solo Jamets sino mezclas, si pierden su condición de alimento incluso para los perros y en este caso como vimos más arriba se pueden hacer usufructo del mismo. Por lo tanto, en el caso de los peces decorativos, se puede usar su alimento habitual poniendo atención en que no caigan restos del mismo en los lugares en los que comerán las personas ya que el consumo del mismo, aun cuando perdió su condición de alimento, está definitivamente prohibido.

Este dictamen, que surgió del gran erudito Rabí Ben Tzion Aba Shaul z”l (ver Or Letzion tomo  3 folio 92) le fue expuesto a nuestro maestro Rabí Ovadia Yosef, z”l y adhirió totalmente al mismo. Y así lo hizo saber a quienes le consultaron directamente para cerciorarse de esta autorización.

Los medicamentos  para dolores de cabeza, etc. que poseen entre sus ingredientes Jamets, por ej. Almidón de trigo como excipiente, si el mismo perdió su condición de alimento incluso para un perro y por supuesto se trata de una mezcla dentro de la medicación, se puede consumir en Pesaj

De todas formas, debido a que no es absolutamente claro que no posee Jamets propiamente dicho, no es apropiado utilizar medicamentos sin supervisión, a menos que se trate de algún tratamiento o dolores compulsivos, etc. Pero no las tabletas para dolores de cabeza comunes. Por supuesto tampoco se deben utilizar las vitaminas ya que estas pueden contener en su composición ingredientes Jamets.

En Israel, y generalmente en todos los países, tanto el rabinato local como los entes de supervisión Kosher editan listas de medicamentos libres de Jamets.